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REGLAMENTO INTERNO /CPT SANTA CRUZ

De conformidad con lo dispuesto por el Capitulo I Artículo 1° de la Ley 3311 queda constituido el Colegio Profesional de Técnicos de la Provincia de Santa Cruz, que actuará con sujeción a la ley y al presente Reglamento Interno; y que a los efectos de su funcionamiento se organiza en Casa Central con sede en la Ciudad Capital de Río Gallegos, Delegación Zona Norte, con cabecera en la Ciudad de Caleta Olivia, Zona Centro con cabecera en la Ciudad de Puerto San Julián y Zona Sur con cabecera en la Ciudad de El Calafate respectivamente. Su actividad se regirá por el presente Reglamento Interno y las disposiciones legales pertinentes.

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